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Nota informativa: Cambios en los requisitos para tener derecho a una pensión por jubilación ferroviaria. En diciembre del 2001, la Ley Pública 107-90 del 2001 Railroad Retirement and Survivors' Improvement Act (en español, Ley de jubilación ferroviaria y mejoras para sobrevivientes) amplió los requisitos básicos para tener derecho a una pensión ferroviaria. Ahora puede tener derecho si tiene:
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Cuando trabaja en la industria ferroviaria, sus ganancias de trabajo se informan a la Junta de Retiro Ferroviario, la cual guarda sus registros. Para tener derecho a recibir una pensión otorgada por la Junta de Retiro Ferroviario, debe contar con 10 años (120 meses) o más de servicio en la industria ferroviaria o, al menos, 5 años después del 1995. Si trabajó en la industria ferroviaria menos de 10 años y menos de 5 años después del 1995, incluiremos sus ganancias de trabajo ferroviario en el conteo de los créditos de Seguro Social y en el cálculo de sus beneficios de Seguro Social. Si tiene más de 10 años de trabajo ferroviario o 5 años o más después del 1995, no utilizaremos esas ganancias de trabajo ferroviario para determinar el número de créditos y sus beneficios de Seguro Social. Para obtener información sobre los beneficios de pensión ferroviaria basados en dichas ganancias de trabajo, debe comunicarse con una oficina de la Junta de Retiro Ferroviario (sólo disponibles en inglés), o llamar al número de teléfono gratuito de ésta. |
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