Saltar al contenido principal
U.S. flag

Un sitio oficial del Gobierno de Estados Unidos

Quién puede recibir beneficios para la Familia

Puede tener derecho si es cónyuge, excónyuge o hijo de alguien con derecho a beneficios por Jubilación o Incapacidad.

Cónyuges y excónyuges

Puede tener derecho si ha estado casado al menos 1 año y tiene:

  • 62 años o más, o
  • Cuida a un hijo de 16 años o menos, o
  • Cuida a un hijo de 17 años o más que tiene una incapacidad.

Pueden tener derecho los excónyuges que estuvieron casados durante al menos 10 años, así como algunas relaciones legales no matrimoniales válidas.

Hijos

Los hijos pueden tener derecho si no están casados y tienen:

  • 17 años o menos, o
  • 18 a 19 años y asisten a una escuela (K–12) a tiempo completo, o
  • Cualquier edad si desarrollaron una incapacidad a los 21 años o menos.

En determinadas circunstancias, también podemos pagar beneficios a hijos casados, hijastros, hijos adoptados, nietos y nietastros.